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LA ASAMBLEA GENERAL

 

  • La Asamblea General, constituida por los socios y asociados, es el órgano superior deliberante y de decisión de la Sociedad Cooperativa. Expresa su voluntad mediante acuerdos que son vinculantes y obligatorios incluso para los disidentes y los no asistentes.
  • La Asamblea General elige y revoca a los miembros del Consejo Rector y a los interventores de cuentas. Examina la gestión del Consejo Rector; aprueba presupuestos; aprueba reglamentos y regulaciones de los diferentes servicios de la cooperativa y adopta los acuerdos necesarios para su organización y funcionamiento.
  • La Asamblea General puede modificar los estatutos, decidir la fusión, disolución y liquidación de la sociedad cooperativa y acordar la exigencia de aportaciones en conceptos distintos al del capital social.
  • Es ordinaria cuando tiene por objeto examinar la gestión, aprobar presupuestos y cuentas anuales y establecer la política general de la cooperativa. Todas las demás asambleas generales tendrán el carácter de extraordinarias.
  • La Asamblea General se compone de todos los socios y asociados y sus acuerdos se adoptan por mayoría simple de votos o por el quorum especial que exijan determinados casos.
  • Está presidida por el presidente del Consejo Rector y actuará como secretario de la misma quien lo sea del Consejo Rector.
  • Cada socio tiene derecho a un voto.
  • De la celebración de cada asamblea se levanta un acta que contiene los acuerdos alcanzados y que debe ser aprobada por la propia Asamblea o por el presidente y al menos tres socios.

EL CONSEJO RECTOR

 

  • Es el órgano de gobierno, gestión y representación de la cooperativa. Está integrado por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero, seis vocales representantes de los socios y un vocal representante de los trabajadores.
  • El Consejo Rector es el órgano encargado de fijar las directrices generales de actuación de la cooperativa, siguiendo la política general establecida por la Asamblea General. Se encarga de presentar a la Asamblea la memoria de la gestión, planificar las inversiones, rendir cuentas…y le corresponden, por delegación de la Asamblea, las facultades de gestión y representación.
  • Sus cargos son elegidos por cuatro años en votación secreta en una asamblea general extraordinaria.

 

LOS INTERVENTORES DE CUENTAS

 

La Asamblea nombra entre sus socios, tres interventores de cuentas, que disponen de toda la documentación de la gestión económica de la cooperativa y son los encargados de emitir un informe escrito que presentan a la asamblea al cierre de cada ejercicio económico.

 

EL DIRECTOR GENERAL

 

El Director General es el órgano ejecutivo de la cooperativa, es unipersonal y su nombramiento y destitución corresponden al Consejo Rector, que es quien determina sus funciones.